La creencia en el libre albedrío tiene como estímulo
primordial el temor a enloquecer, a perder el control.
En lenguaje coloquial, como si estuviéramos en una cafetería,
la salud mental es correcta cuando tenemos de todo un poco: bondad, serenidad,
intolerancia, agresividad, paciencia, comprensión lectora, habilidad para hacer
cálculos matemáticos, talento para entender conceptos abstractos, locuacidad,
sensibilidad emocional, desconfianza, dependencia, responsabilidad, y la lista
quizá sea demasiado extensa.
Repito: estamos bien cuando de todas las características de
la psiquis, recién mencionadas, tenemos un poquito y estamos mal cuando de
alguna de ellas tenemos demasiado mucho o demasiado poco.
No estamos bien si somos demasiado bondadosos, ni estamos
bien cuando somos demasiado irritables.
Estas condiciones de estar bien o mal nunca existen en
realidad porque lo que disfrutamos o padecemos son estados intermedios, es
decir, un poco bien o un poco mal.
Metafóricamente hablando, nuestra psiquis se desplaza en una
zona de grises, que van, sin
alcanzarlos, del blanco puro al negro puro.
Todos necesitamos poseer una sensación de auto-control; es
la forma básica y más importante de tener poder. Cuando no podemos controlar
nuestras emociones padecemos una dolorosa angustia, tememos estallar,
fragmentarnos. Nos desesperamos, la ansiedad trepa.
Es frecuente temer la locura. Muchas personas temen perder
el control de sus emociones, enloquecer, sentirse poseídos por una fuerza
demencial que los lleve a cometer actos de terribles consecuencias, tales como
matar, saltar al vacío, destrozar, herir, regalar lo imprescindible.
Como reacción defensiva, es frecuente la creencia en el libre albedrío y el rechazo al determinismo.
Creer en que todos nuestros actos están fuera de nuestro
control preocupa sobremanera a quienes temen enloquecer, perder el control y
cometer algún desatino que les convierta la vida en un infierno eterno.
Sin embargo estos temores no pasan de ser simples fantasías:
enloquecer es dificilísimo.
(Este es el Artículo Nº 1.962)
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