Preocuparnos e imitar a los más exitosos nos provoca pérdidas de tiempo y energía como a todo el mundo.
La palabra preocupación sugiere algo negativo que podría ocurrir en el futuro. Esa eventualidad preocupante causa sentimientos tales como intranquilidad, temor, angustia, inquietud.
El cerebro de los preocupados segrega fantasías temibles, relacionadas con accidentes, enfermedades, ruina economía, muerte, abandono.
Los pensamientos parecen ser bastante controlables, pero me inclino a pensar que no lo son: la persona que se preocupa vive esas expectativas terroríficas sin poder sacárselas de la cabeza.
Con mucho optimismo podría decirse que el conjunto de penosos escenarios imaginados, es perpetrado inteligentemente por el «preocupado» para estar preparado para lo peor de tal forma que cuando ocurran los malos augurios, el drama parezca mucho menos grave.
Los simulacros de evacuación en aviones, edificios o en la vía pública son una forma de «pre-ocupación» pues los participantes simulan estar en una tragedia real, como para que si algún día ocurriera, el desempeño de los rescatistas obtenga los mejores resultados.
Vale la pena mencionar que las preocupaciones son producciones inevitables (determinismo) pero que podrían mejorarse en algo si pudiéramos aceptar conscientemente que todas las desgracias que imaginamos, nunca podrían ocurrir todas juntas como uno las imagina. Más aún: quizá ninguna preocupación llegue a realizarse.
Algo similar al fenómeno de las pre-ocupaciones imposibles lo encontramos en fenómenos afectivos del tipo admiración, idealización, envidia.
Nadie está exento de padecer angustia y tampoco nadie deja de luchar para sacársela de encima.
Cuando vemos acróbatas, cocineros, policías, o cualquier otro personaje que nos gana en felicidad personal, nos atacan ganas de imitarlos (estudiar su profesión, usar su tipo de vestimenta, vivir en cierta zona de la ciudad).
En suma: la preocupación para ejercitarnos ante los infortunios o imitar a quienes parecen felices, son pérdidas de tiempo.
(Este es el Artículo Nº 163)
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